El Colegio Oficial de Dentistas de Cádiz alerta del aumento de casos de intrusismo en la profesión
- jueves, 18 de agosto de 2016
El Colegio Oficial de Dentistas alerta
del aumento en los últimos meses de casos de intrusismo profesional en el ejercicio
de la profesión de dentista, es decir, de personas -que sin poseer la
titulación oficial que habilita para ello y, lógicamente, sin los conocimientos
científicos y técnicos-, realizan labores que legalmente corresponden
exclusivamente a los dentistas.
En la mayoría de las denuncias
presentadas por los Colegios de Dentistas el intruso era un protésico Dental
amparado en una titulación que de ninguna forma le capacita para actuar en la boca
de los pacientes.
“Los dentistas sentimos
un enorme respeto y reconocimiento por la profesión de protésico dental, muy
digna, de suma importancia para nuestra profesión y - por supuesto- legal,
cuando no se aparta de sus legítimas atribuciones, es decir, siempre que su
misión se limite a la parcela del laboratorio de prótesis, nunca y bajo ningún
concepto actuando directamente en la boca del paciente. Es entonces cuando el
protésico dental se convierte en un intruso con todas sus consecuencias según
la legislación vigente”, sostiene el presidente del Colegio Oficial de
Dentistas, Ángel Rodríguez Brioso.
A pesar del esfuerzo de la Organización
Colegial para frenar la situación, los casos de intrusismo en la profesión son
continuos. En numerosas ocasiones, este esfuerzo es complejo por varios
motivos, pues pese a tratarse de actuaciones que atentan sobre la salud de las
personas provocando en muchos casos lesiones irreversibles, las autoridades
sanitarias no siempre le dedican los medios necesarios para combatirlo. No se
recuerda ninguna campaña informativa o de concienciación en este sentido.
Además, estas actuaciones son realizadas casi exclusivamente por los Colegios
de Dentistas con las limitaciones propias de estas Instituciones, pese a ser
corporaciones de Derecho Público. Normalmente, los casos de intrusismo se
ejercen en locales cerrados (clínicas dentales, laboratorios de prótesis,
viviendas particulares…) o incluso, en visitas de los intrusos a los propios
domicilios de los pacientes, por lo que se dificulta el seguimiento de estas
actuaciones delictivas. Además, el perjudicado o el testigo de este delito muchas
veces es un paciente que cree que el tratamiento se lo está realizando un
dentista. Por ello, si no existen daños o lesiones nunca sabrá si esa persona
es efectivamente un profesional con titulación adecuada, no llegando por tanto
a conocimiento de las autoridades la comisión de ese delito.
Por otro lado, cuando el paciente es
consciente del caso de intrusismo no siempre se atreve a denunciarlo o a
ponerlo en conocimiento del Colegio. Unas veces el intruso llega antes a un
acuerdo económico y, otras, el paciente logra que un dentista le solucione el
problema sin llegar a denunciar o mantener la denuncia ya realizada.
Asimismo, el Colegio explica que cada
vez son más frecuentes los casos en los que el personal de determinadas
clínicas dentales realiza tratamientos bucodentales para los que carecen de la
correspondiente titulación y cuyas actuaciones pueden derivar en
responsabilidades. De ahí, la importancia de que en cada consulta se tenga
claro las competencias que legalmente corresponden a los dentistas, higienistas
y auxiliares de la clínica dental.
Pese a las dificultades señaladas,
existen numerosas sentencias dictadas en todas las instancias (Juzgados de lo
Penal, Audiencias Provinciales y Tribunal Supremo) condenando por este delito a
aquellas personas que ejercen la funciones propias del dentista sin poseer la titulación
de Licenciado en Odontología o de Médico Especialista en Estomatología.
Los casos de Intrusismo Profesional
denunciados por los Colegios Oficiales de Dentistas y enjuiciados por los
Tribunales de Justicia constituyen una mínima parte respecto a los que
diariamente se producen.
De ahí el empeño de esta Corporación en
paliar en lo posible estas actividades ilícitas cuya principal perjudicada es
la propia salud de la población. A estos efectos, desde el Colegio Oficial de
Dentistas se insiste en aclarar que las prótesis dentales no son productos
cosméticos o terapéuticos autónomos que se “venden” al público (como no se
“vende” una prótesis de cadera o un marcapasos).
El tratamiento dentro del cual
se requiera la colocación de una prótesis dental como parte de ese servicio
clínico de naturaleza terapéutica, es competencia exclusiva del dentista y la
actuación del protésico dental debe limitarse (por Ley y una extensa
jurisprudencia) a la fabricación de esas prótesis dentales siempre conforme a
las indicaciones y prescripciones de los médicos-estomatólogos u odontólogos
(dentistas).
“Los
fabricantes de marcapasos o de prótesis de cadera -por ejemplo- no están
capacitados científica ni legalmente para colocarlas. Es impensable que no sea
el cardiólogo o el traumatólogo respectivamente quien se la coloque al paciente”, matiza Rodríguez Brioso. “Más aún en el caso de una prótesis dental
que requiere de una posterior adaptación en la boca del paciente y que debe ser
fabricada para una persona determinada bajo la prescripción e indicaciones del
dentista, formando parte de un tratamiento que no puede considerase finalizado
hasta que la prótesis no está colocada y adaptada a la boca del paciente.
Actividad formalmente prohibida a los Protésicos Dentales y reservada por Ley a
los Dentistas”.
Además, otra figura sobre la que
alerta el Colegio Oficial es la de los dentistas “cooperadores necesarios” (delito tipificado en el Código Penal)
que conocen, encubren o permiten la actividad ilícita de los intrusos, haciendo
dejación de funciones y de su dignidad profesional, empañándola con la
irresponsabilidad y el fraude a la sociedad; al igual que esos avispados
empresarios convertidos en mecenas que montan clínicas en cadena como si fueran
supermercados, teniendo como asalariados en algunas ocasiones a personas
inmersas en la más absoluta ilegalidad.