Condenado a pena de prisión un higienista bucodental de Algeciras por un delito de intrusismo profesional
- martes, 27 de octubre de 2020
- Cádiz
El Juzgado de lo Penal nº 2 de Algeciras ha dictado
Sentencia condenatoria por un delito de intrusismo contra un higienista
bucodental que, según consta en los hechos probados, prestaba sus servicios en
una clínica dental y le realizó a una paciente el estudio previo para una
ortodoncia, las radiografías pertinentes, la colocación del tratamiento
mediante brackets metálicos y le practicó durante ocho meses las revisiones
periódicas, todo ello, sin estar facultado por su título académico.
Así
mismo, la paciente perjudicada desembolsó una determinada cantidad por dicho
tratamiento, el cual tuvo que ser retirado con posterioridad por un odontólogo
debidamente facultado y así poder llevar a cabo los movimientos dentarios
adecuadamente, siéndole retirados los brackets del tratamiento de ortodoncia
que, de forma incorrecta y defectuosa, le había realizado el condenado, y que
presentaba grandes cantidades de composite (material de obturación) en su base.
Por
tales hechos, el higienista bucodental ha sido condenado a 6 meses de prisión, así
como a abonar una indemnización por los daños y perjuicios provocados a la
paciente afectada y costas.
El
presidente del Colegio Oficial de Dentistas de Cádiz, el Dr. Ángel Carrero
Vázquez, entidad colegial que ostentaba la acusación particular, manifiesta que
“cualquier higienista dental que trabaje directamente sobre la boca del
paciente realizando actos propios de la profesión de dentista está cometiendo
un delito de intrusismo profesional, tipificado en el artículo 403 del Código
Penal”. De igual modo, recuerda que “la población debe tener claro en todo
momento que el único profesional capacitado para diagnosticar, tratar o
prescribir cualquier tratamiento relativo a la cavidad oral es el dentista”.