El TSJA anula la sanción impuesta al Consejo Andaluz de Dentistas por supuestas prácticas restrictivas de la competencia

El TSJA anula la sanción impuesta al Consejo Andaluz de Dentistas por supuestas prácticas restrictivas de la competencia

  • miércoles, 3 de julio de 2019
  • Sevilla

El origen de este procedimiento obedece a una denuncia interpuesta por el Colegio de Protésicos de Andalucía.

La Junta deberá devolver al Consejo Andaluz la cantidad de 9.258,18 euros, importe correspondiente a la multa que le fue impuesta.


 
Sevilla, 03 de julio 2019.- Una nueva sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) anula la sanción impuesta al Consejo Andaluz de Dentistas por la Agencia de Defensa de la Competencia por supuestas prácticas restrictivas de la competencia al considerar que se hicieron desde la organización colegial recomendaciones colectivas que limitaban a los pacientes la elección de protésico dental. Recordemos que el origen de este procedimiento obedece a una denuncia interpuesta por el Colegio de Protésicos de Andalucía contra el Consejo Andaluz de Dentistas y los ocho colegios provinciales de dentistas por, supuestamente, hacer recomendaciones colectivas que iban en contra de la legislación sobre defensa de la competencia en materia de elección de protésico dental.

De esta forma, la Junta de Andalucía deberá devolver al Consejo de Dentistas la cantidad de 9.258,18 euros más los intereses legales, importe correspondiente a la multa que le fue impuesta y que ahora la Justicia ha anulado.
Contra dicha resolución, cada uno de los colegios de dentistas andaluces y el Consejo Andaluz interpusieron recurso contencioso-administrativo, preparado por sus asesorías jurídicas, por considerar que no se ajustaba a derecho, como así acaba de resolver el TSJA en su sentencia de 14 de marzo de 2018,  aunque por motivos formales.

  
Los fundamentos por los que se anula la resolución sancionadora son idénticos a los recogidos en las anteriores sentencias que también anularon las sanciones a los ocho colegios andaluces. Con esta última sentencia, se da por finalizado este largo procedimiento que se inició en el año 2013, cuando el órgano de Competencia en Andalucía inició expediente sancionador por presuntas prácticas restrictivas de la competencia en relación a la libre elección de protésico dental. Los tribunales de justicia (TSJA y Juzgado de lo Contencioso de Granada) han anulado de forma definitiva las nueve sanciones cuyos importes totales ascendían a 139.526,17€ que han sido ya, o van a ser devueltos, junto con los intereses correspondientes.